Caída en la calle: reclamar paso a paso

Las caídas en la calle por defectos en la vía pública (aceras, pasos de peatones, socavones en la carretera…) se dan diariamente, por desgracia.
En este artículo te contamos paso a paso como formular correctamente tu reclamación para conseguir una indemnización, en caso de que hayas sufrido lesiones o daños materiales (móvil, gafas…).
¿Qué plazo tengo para presentar la reclamación?
El plazo para presentar la reclamación, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, es de UN AÑO desde que se produjo la caída y sólo existieran daños materiales.
Si hemos sufrido lesiones físicas que requieren de tratamiento médico, este año empezará a contar desde el alta médica, es decir, desde la estabilización de las lesiones.
¿Ante quién se presenta la reclamación?
Debemos presentar la reclamación -solicitud de responsabilidad patrimonial- ante el Ayuntamiento en que se ubique la vía pública.
¿Tengo que aportar alguna documentación junto con el escrito de reclamación?
Sí. Junto con nuestra solicitud de responsabilidad patrimonial, debemos aportar, entre otra, la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI.
- Fotografías del desperfecto: deben ser de calidad y, a poder ser, que permitan acreditar la calle en la que se ubica.
- Atestado policial e informe de ambulancia, en caso de que existan.
- Declaraciones juradas de testigos, junto con la fotocopia de su DNI.
- En caso de lesiones físicas, Informe médico pericial en el que se valoren económicamente.
- Documentos acreditativos de los gastos materiales: facturas, recibos…
Si el Ayuntamiento considera que no se ha aportado toda la documentación necesaria, debe darnos el plazo de DIEZ DÍAS para que la presentemos.
¿Cuánto tiempo tiene el Ayuntamiento para resolver nuestra reclamación?
El Ayuntamiento tiene seis meses, a contar desde la presentación de la reclamación, para resolver la misma.
Si no nos han notificado la resolución en ese plazo, la reclamación se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿ Qué puedo hacer si el Ayuntamiento me deniega la reclamación o no me contesta en seis meses?
En este caso, podremos o bien interponer recurso de reposición o bien acudir a los juzgados para que resuelva sobre nuestra reclamación.
En el despacho, especialistas en Derecho Administrativo y en este tipo de acciones legales, te ayudamos a formular tu reclamación de responsabilidad patrimonial y te acompañamos también en la vía judicial. ¡Contacta con nosotros!


