Silencio administrativo: qué es y cómo te afecta

No es inusual que la Administración Pública -por ejemplo, un Ayuntamiento- ante alguno de los escritos que le presentamos no nos responda en el plazo que la ley le fija para hacerlo. Es lo que se conoce como silencio administrativo.


Así, aunque la Administración está obligada a resolver todos los procedimientos administrativos, es posible que, por determinadas circunstancias, no llegue a hacerlo, siendo una de sus posibles consecuencias el silencio administrativo.


¿Qué es el silencio administrativo?


El silencio administrativo se produce cuando una Administración Pública no resuelve un procedimiento en el plazo que la ley ha establecido. Es decir, es la falta de respuesta de una Administración a la petición formulada por un ciudadano.


Por ejemplo, en procedimientos de responsabilidad patrimonial, la Administración tiene seis meses para resolverlo. Si no resuelve en seis meses, se produce lo que se denomina silencio administrativo que, en este supuesto concreto, tiene carácter negativo.


¿Qué tipos de silencio administrativo existen?


Existen dos tipos de silencio administrativo:


  • Silencio administrativo positivo: el ciudadano debe interpretar que su petición ha sido estimada por la falta de respuesta de la Administración.
  • Silencio administrativo negativo: el ciudadano debe tener por desestimada su petición cuando la Administración no resuelve en el plazo establecido por la norma.


¿Cómo actuar frente al silencio administrativo?


En caso de silencio administrativo positivo, la ley establece que el ciudadano podrá hacer valer sus efectos desde el día en en que la Administración debió resolver su petición y no lo hizo. Además, podrá pedir a la Administración que emita un certificado sobre el silencio administrativo positivo producido.


Si el silencio administrativo es negativo, el ciudadano podrá:

  • Solicitar a la Administración que cumpla con su obligación de resolver expresamente el procedimiento.
  • Interponer el correspondiente recurso administrativo o bien acudir a la vía judicial, impugnando la desestimación de su petición por silencio administrativo.


Si has presentado una solicitud o reclamación frente a la Administración y no has obtenido respuesta, en el despacho, especialistas en Derecho Administrativo, podemos ayudarte a ejercitar tus derechos.

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